Si tu negocio en Ibiza (Eivissa) factura sobre todo entre mayo y octubre, el resto del año sigue exigiéndote declaraciones y cuota. Esta guía de Pedraseca, gestoría online para autónomos de la isla, explica qué debes presentar, cómo se calcula tu cotización y cuándo conviene la baja temporal. En Eivissa y Formentera rigen los mismos impuestos estatales (IRPF e IVA) que en la península: lo propio de la isla es el ritmo de los ingresos.
1. Qué sigue pasando cuando no facturas
En Ibiza es habitual que un negocio concentre la mayor parte de su facturación entre mayo y octubre. Pero para Hacienda y la Seguridad Social, el año no tiene temporada alta ni baja: mientras estés de alta en el censo (modelos 036/037) y en el RETA, tus obligaciones siguen en pie.
- Impuestos trimestrales. Debes presentar el modelo 303 (IVA) y, si no estás exento por retenciones o módulos, el 130 (pago a cuenta del IRPF), aunque salgan a cero o en negativo. Los plazos son del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y del 1 al 30 de enero.
- Resumen anual de IVA. En enero se presenta el modelo 390, que recoge todo el ejercicio.
- Cuota de autónomos. Se cobra cada mes, hayas facturado o no.
- Notificaciones electrónicas. Hacienda puede escribirte en invierno igual que en agosto; conviene que alguien las revise con regularidad.
Omitir una declaración "porque no hay nada que declarar" es uno de los errores que más sanciones formales provoca. Presentar a cero es gratuito y evita problemas.
2. Cómo se calcula la cuota si ganas casi todo en pocos meses
El sistema de cotización por ingresos reales no mira el mes, sino el año. La base se obtiene de tus rendimientos netos anuales (ingresos menos gastos deducibles, menos un 7 % de deducción genérica) divididos entre 12. Con ese dato se te asigna uno de los 15 tramos, que en 2026 van de unos 205 € a unos 607 € al mes.
Esto tiene una consecuencia práctica para quien factura en verano: un julio excelente no sube tu cuota de julio. La cuota se reparte en los doce meses según tu previsión anual. Lo que sí puedes hacer es:
- Estimar tu rendimiento anual al comenzar la temporada y elegir la base que mejor se ajuste.
- Revisarla durante el año. Puedes cambiar la base hasta 6 veces al año, y el cambio surte efecto desde el mes siguiente a la solicitud.
- Anticipar la regularización. Al cerrar el ejercicio, la Seguridad Social compara lo cotizado con tus rendimientos reales según tu Renta. Si cotizaste de menos, pagas la diferencia; si cotizaste de más, te la devuelven.
3. El modelo 130 en un año con ingresos concentrados
El modelo 130 es acumulativo: cada trimestre calculas el 20 % del rendimiento neto acumulado desde enero y restas lo ya ingresado en trimestres anteriores. Por eso el grueso se paga en los trimestres fuertes. Un ejemplo ilustrativo y simplificado:
| Trimestre | Ingresos | Gastos | Rendimiento acumulado | Modelo 130 a ingresar |
|---|---|---|---|---|
| 1.º (ene-mar) | 0 € | 2.000 € | −2.000 € | 0 € |
| 2.º (abr-jun) | 18.000 € | 7.000 € | 9.000 € | 1.800 € |
| 3.º (jul-sep) | 30.000 € | 11.000 € | 28.000 € | 3.800 € |
| 4.º (oct-dic) | 12.000 € | 6.000 € | 34.000 € | 1.200 € |
Los importes son orientativos: en la práctica influyen otros factores, como las retenciones soportadas o los gastos de difícil justificación. Lo importante es la idea: el pago de julio será mucho mayor que el de abril, y conviene tenerlo apartado antes de gastar el cobro.
4. Baja temporal o seguir de alta: cómo decidir
Si vas a parar muchos meses, puedes darte de baja en Hacienda y en la Seguridad Social y volver a darte de alta al reanudar. No es una decisión automática:
| Aspecto | Seguir de alta | Baja temporal |
|---|---|---|
| Cuota mensual | Se paga todos los meses | No se paga en los meses de baja |
| Declaraciones trimestrales | Se presentan, aunque sea a cero | Solo mientras estés de alta |
| Trámites | Ninguno extra | Baja y nueva alta en ambos organismos |
| Bonificaciones | Se mantienen | Puede que no se recuperen (p. ej., la tarifa plana) |
Como regla general, una parada de uno o dos meses rara vez compensa el trámite doble. En paradas largas conviene hacer números con tu caso, y si estás con tarifa plana, consultarlo antes de darte de baja.
5. Cuánto apartar de cada cobro
La fórmula más sencilla para llegar tranquilo al invierno es separar el dinero de cada cobro en tres partes:
- El IVA cobrado. No es tuyo: lo ingresas, menos el IVA que hayas soportado en gastos, en el modelo 303.
- El pago a cuenta del IRPF. Reserva el 20 % del beneficio, que es lo que te pedirá el modelo 130.
- Un colchón para los meses flojos. Cuotas, asesoría, seguros y suministros no se detienen en noviembre.
Una cuenta aparte para impuestos y cuota, a la que transfieras en cada cobro, ahorra muchos sustos. Tu asesor puede decirte el porcentaje concreto según tu actividad.
Si además alquilas una vivienda a turistas, consulta la guía sobre los impuestos del alquiler turístico en Ibiza.
6. Errores frecuentes
- Dejar de presentar el 303 o el 130 "porque no he facturado".
- Mantener la misma base de cotización todo el año sin revisarla.
- Gastar el IVA cobrado como si fuera beneficio.
- Darse de baja sin comprobar qué bonificaciones se pierden al volver.
- No anotar los gastos de los meses de parada (cuotas, asesoría, seguros) que sí están vinculados a la actividad.